Os dejamos este documento con la que estuvimos trabajando en las VII Jornadas de AETU en las que participamos hace poco. La Carta Europea de la democracia participativa en los procesos urbanísticos es, en nuestra opinión, un enmienda a la totalidad a la praxis española en materia de urbanismo. Seguramente por el intento de los reguladores españoles de normalizar esta participación, que debería ser más abierta y con más capacidad de adaptación para que realmente pudiera añadir valor a los transformaciones urbanas.
Carta Europea de la democracia participativa en los procesos urbanísticos
Febrero 2016.
Prefacio:
La mayoría de las decisiones políticas conllevan impactos directos o indirectos sobre el desarrollo territorial, así como en la calidad de los espacios en los que habitamos. El «suelo común» en el que se desarrolla nuestra vida en la sociedad es la «tierra común» en la que vivimos y en la que ejercemos nuestros derechos de acuerdo, y total respeto, con la democracia.
Por lo tanto, debemos promover y proteger constantemente nuestras aspiraciones democráticas europeas, lo que no se logra anquilosándolas, sino revisándolas de forma constante a lo largo del tiempo para renovar su espíritu democrático dentro sobre el que se funda el desarrollo futuro de nuestras naciones y las comunidades locales.
Unas ciudades y regiones integradas y cohesionadas requieren políticas transversales: A fin de encontrar, en la riqueza de la diversidad cultural, la fuerza para una «mejor convivencia»; y con el objeto de proporcionar la base de la cohesión social y cultural necesarias para logar la necesaria cohesión territorial y desarrollo económico.
La cultura debe ser considerada como el cuarto pilar de la sostenibilidad. Por lo tanto, tenemos que recordar que no hay acción urbanística que no conlleve implicaciones culturales. La información, la formación y la participación son factores culturales estrechamente relacionados.
La participación de personas y comunidades en la el diseño de su habitat es por lo tanto esencial. La Carta Europea d Urbanismo pone de relieve su importancia para hacer efectiva una verdadera democracia participativa. Nosotros, los urbanistas presentamos esta Carta de Democracia Participativa en relación con los procesos de planeamiento urbano y territorial y hacemos un llamamiento para que sea aplicada en todas las decisiones que afectan a la vida cotidiana de las personas.
Preámbulo:
- Considerando que la participación de los individuos y las comunidades en la vida pública en todos los niveles —nacional, regional y local— es parte de los valores fundamentales de la democracia y que la participación directa de los ciudadanos, conscientes de sus derechos y deberes cívicos, es la savia de cualquier sistema democrático;
- Convencidos de que la legitimidad democrática en el ámbito local es una de las piedras angulares de la Democracia y que reforzarla es un factor clave en la consecución de la estabilidad económica y social a largo plazo;
- Convencidos de que las ciudades y regiones constituyen el lugar natural para ejercer la democracia Participativa, como consecuencia de la amplia variedad de temas relacionados con el urbanismo que tienen un impacto directo en la calidad de vida de las poblaciones europeas;
- Conscientes de que desde la etapa del diagnóstico problemas hasta la ejecución de soluciones, mediante proyectos concretos, planes estratégicos o urbanos , cualquier proceso de planificación debe llevarse a cabo con las personas y no sólo para las personas;
- Considerando que los urbanistas, en cuanto asesores y mediadores en el ámbito político, así como planificadores, están comprometidos con la democracia participativa mediante una información completa y una participación en la formulación de soluciones con el fin de conseguir el apoyo y aceptación de las políticas y proyectos urbanos como se indica en la Carta de Urbanismo Europea (CEU-CEU de Barcelona 2013);
- Convencidos de que la calidad de nuestro hábitat no puede considerarse al margen de un acceso efectivo a los servicios esenciales, a la movilidad, a otras necesidades especificas que aseguren el bienestar de todos los grupos sociales. Todos ellos son aspectos fundamentales para garantizar el respeto de los derechos humanos;
- Considerando que la ‘convivencia en la diversidad’ constituye una prioridad y fundamental principio del Consejo de Europa, y requiere tener en cuenta las diferencias y necesidades específicas;
- Considerando que el valor añadido de la Democracia Participativa permite una aplicación más amplia y sensible de los principios del Convenio de Aarhus sobre el derecho de toda persona o un grupo a participar en las decisiones que le afecten;
- Considerando que la democracia debe operar en un nuevo y difícil contexto resultado de los importantes acontecimientos políticos, económicos y sociales que se han producido en Europa como consecuencia del proceso de globalización;
- Considerando que las autoridades desde el nivel local al nacional deben asumir un liderazgo compartido en la promoción de la participación de los ciudadanos y que el éxito de cualquier proceso democrático de participación depende del compromiso efectivo de estas autoridades;
- Considerando el reconocimiento del mayor papel desempeñado por la sociedad civil, a través de asociaciones u otros grupos, como actores clave y fuerza motriz del desarrollo y mantenimiento de una verdadera democracia participativa;
- Convencidos de que un modelo saludable de Democracia Participativa que sostiene la democracia representativa, persigue procesos y resultados inclusivos, y hace que el diálogo con las comunidades constituya una parte integrante de la toma de decisiones;
- Convencidos de que la rápida evolución del contexto del compromiso social requiere una mayor inclusión de los procesos de participación para que los procesos democráticos representativos tradicionales puedan mantener su credibilidad;
- Convencidos de que la aparición de grandes cantidades datos y de sistemas de información en tiempo real debe ser administrados e interpretados desde el conocimiento empírico derivado de los procesos participativos democráticos.
Hemos acordado lo siguiente:
Artículo 1. Definición
Un proceso de democracia participativa en el planeamiento territorial y urbano es una modalidad de participación pública que tiene por objetivo facilitar la adopción de decisiones coproducidas por todos los interesados y fundados en el interés común que minimicen los conflictos derivados de las diferencias de opinión sobre las necesidades y soluciones.
Artículo 2. Objetivos
Las políticas relacionadas con el planeamiento urbano tienen un impacto importante en la calidad de vida y de los espacios de vida de las personas. Dichas políticas influyen en las decisiones de las personas en cuanto a donde vivir, —reflejando su diversidad cultural—, dónde localizar los negocios y los servicios públicos y de qué manera se garantiza el acceso a ellos.
Estas políticas deben ser transparentes, receptivas y eficaces, en cuanto a la participación pública encaminadas a dar respuestas adecuadas a los retos culturales, sociales, ambientales y económicos. El objetivo de un proceso de democracia participativa aplicada al planeamiento urbano y territorial es lograr un consenso y producción compartida de los planes o políticas y programas de actuación con el objeto de resolver los conflictos en un proceso co-producido en la adopción de decisiones en las que el interés general debe prevalecer sobre el interés individual.
Artículo 3. Participación y representación
En la Democracia Participativa, la mayor gama de personas interesadas expresan una amplia variedad de intereses y necesidades. El proceso debe permitir participar a cada uno de los afectados en sus intereses por un plan, política o programa de actuación.
Para ello —como una parte central del proceso— deben potenciarse desde el inicio las medidas de sensibilización con grupos representativos de la sociedad civil.
Artículo 4. Información y educación
Un proceso de democracia participativa implica una plena y completa información así como un acceso completo a dicha información. Todos los participantes tienen que estar provistos de toda la información necesaria y medios de comunicación con el fin de garantizar el mismo nivel de comprensión.
Esto requiere asegurar en los procesos una formación y un aprendizaje colectivo en el que todos los participantes adquieren y comparten el mismo nivel de información y el mismo nivel de comprensión. El conocimiento debe ser, por tanto, desarrollado en conjunto de manera que dicho conocimiento compartido puede ser construido a través de diversos participantes. Este proceso necesita ser fomentado / promovido por los urbanistas.
Artículo 5 – Reglas de Operación
Las reglas de funcionamiento deben adecuarse a cada caso a fin de que respondan a las circunstancias locales. Los métodos y procesos variarán dependiendo del alcance de los planes, la escala del plan y las preocupaciones de los ciudadanos, así como de acuerdo a estructura de la administración local.
Sin embargo, no se puede garantizar un verdadero proceso de participación sin establecer normas adecuadas de funcionamiento y adopción de decisiones dentro de las comunidades afectadas.
La cuestión de la representación es crucial. Corresponde a las autoridades públicas competentes a definir de acuerdo con los procedimientos legales los criterios bajo los cuales se reconoce la representación de grupos de personas y tienen un interés real en llevar a cabo la actuación.
Artículo 6 – Acceso y expresión
Todo el mundo que se siente interesado y afectado por un proyecto de planificación o una política debe tener el acceso a los cauces de expresión, dándoles la oportunidad de enunciar su necesidades y preocupaciones.
Las autoridades competentes en urbanismo u otros organismos que participan en el proceso deben garantizar que las personas se sientan respetadas, cómodas y libres de expresar sus opiniones.
Todas las personas con un interés potencial deben ser alentados a expresar y discutir su necesidades y preocupaciones en intercambios informales, multimodales y multi- direccionales, con objeto de mejorar el diálogo, la comprensión común de los desafíos y desarrollar intereses y preocupaciones comunes con el fin de crear una visión común y una co-producción de soluciones urbanísticas.
Las nuevas tecnologías deben ser utilizadas. Deben ser totalmente accesibles, fáciles de utilizar, y satisfactorias para los participantes. Deberán asimismo utilizarse, técnicas de deliberación y reflexión a fin de permitir que los participantes puedan expresar y escuchar una diversidad de puntos de vista y opiniones sobre el tema en cuestión.
Artículo 7 – Continuidad
Todos los participantes deben poder estar integralmente involucrados en todas las fase desde su inicio, en la fase de su concepción, la adopción de decisiones, su ejecución hasta el seguimiento y evaluación de las políticas de planificación urbana.
Artículo 8 – Expertos en la materia
Es importante que los urbanistas con conocimientos técnicos como dinamizadores de grupos proporcionen el apoyo técnico profesional necesario para la adecuada expresión de los argumentos y propuestas de los participantes.
Los urbanistas también deben proporcionar conocimientos especializados para evaluar los procesos de democracia participativa y asegurar la equidad y el cumplimiento de las normas y leyes, sin cerrar cauces a la experimentación y a la innovación.
Artículo 9 – autoridad para tomar decisiones
Las autoridades competentes en los diferentes niveles deben comprometerse en el urbanismo participativo como parte de su responsabilidad en los procesos y / o al tener en cuenta las preocupaciones de agentes/ participantes afectados por sus decisiones. Esto incluye todas las autoridades competentes en urbanismo cuyas decisiones tienen un impacto en la calidad de vida. Estas autoridades debe disponer o tener posibilidades de adquirir una comprensión adecuada del contexto específico del tema, técnicas de comunicación, asistencia técnica y disponibilidad de tiempo.
Un organismo o autoridad pública debe ser imparcial en el seguimiento y evaluación del proceso de la Democracia Participativa a fin de que sea abierto, equitativo, incluyente e imparcial. Por lo tanto, debería preverse un posible acceso a una vía de recurso procesal independiente para proteger los derechos de los individuos y las comunidades en el proceso de participación.
Artículo 10 – Seguimiento de la aplicación de la Carta
Un grupo de expertos creado por el CEU-CEU, en colaboración con el Consejo de Europa y órganos competentes de la Unión Europea, ayudarán y asesoran en la aplicación y el seguimiento de la Carta. Esto también permitirá la difusión de experiencias tanto de buenas prácticas como sobre prácticas que deben ser evitadas.
Artículo 11 – Premios
Además de la promoción de esta Carta, los firmantes difundirán las buenas prácticas y fomentarán el intercambio de experiencias, en particular mediante la concesión de premios específicos de excelencia en Democracia Participativa.
Artículo 12 – Relación con otros instrumentos
Las disposiciones de la presente Carta son conformes y directamente inspirados por la Carta de Urbanismo Europea.
Los autores y miembros del grupo de trabajo:
- Luc-Emile BOUCHE-FLORIN, Chair, France.
- Vincent GOODSTADT, United Kingdom.
- Elias BERIATOS, Greece.
- Virna BUSSADORI, Italy.
- Paulo CORREIA, Portugal.
- Pierre-Yves DELCOURT, Switzerland.
- Maros FINKA, Slovakia.
- Dominique LANCRENON, France.
- Lucy NATARAJAN, United Kingdom.
- Kristin NORDLI, Norway
- Fundado en 1985, el Consejo Europeo de Urbanistas -ECTP- CEU- reúne a 25 asociaciones e institutos profesionales de urbanismo de 23 países europeos, así como miembros asimilados. Es una asociación que proporciona a sus miembros un marco común para promover la visibilidad, el reconocimiento de la importante función social y la práctica de la planificación y desarrollo urbano en Europa y su enseñanza, el desarrollo profesional continuo y la definición de competencias profesionales.
- El Consejo Europeo de Urbanistas -ECTP-CEU- establece reglas sobre la educación y conducta de la profesión del urbanismo; Mantiene un diálogo con el gobierno local, nacional y europeo, identifica y premia ejemplos de buen urbanismo en toda Europa.
Traducción: AETU.
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